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Nuevo Portal Europeo de Emisiones Industriales (PEI)

Aprobado un Reglamento que obliga a las instalaciones industriales a comunicar sus datos ambientales más significativos como ejercicio de transparencia.

El pasado 2 de mayo se publicó el Reglamento 2024/1244 sobre notificación de datos medioambientales de instalaciones industriales, por el que se crea un Portal de Emisiones Industriales y se deroga el Reglamento (CE) nº 166/2006.

Las principales disposiciones del Reglamento se centran en la notificación de datos medioambientales procedentes de instalaciones industriales y la creación de un Portal de Emisiones Industriales. Se establece un sistema detallado para la comunicación de datos, que facilita la supervisión y el control de las emisiones contaminantes. Además, el Reglamento promueve la implementación de prácticas sostenibles y la protección del medio ambiente, alineándose con los principios del Convenio de Aarhus, que aboga por el acceso a la información, la participación del público y el acceso a la justicia en asuntos medioambientales.

Instalaciones a las que aplica

Este reglamento se ajusta a las actividades industriales descritas en los anexos I y I bis de la Directiva 2010/75/UE, conocida como Directiva de Emisiones Industriales. Esto incluye grandes instalaciones de combustión, instalaciones de incineración de residuos, algunas instalaciones de producción de energía, fábricas de cemento, acero y vidrio, refinerías de petróleo y químicas, entre otras. Además, ciertas actividades sujetas a la Directiva (UE) 2015/2193, que se refiere a las emisiones de ciertos contaminantes al aire procedentes de instalaciones de combustión medianas, también están incluidas en el ámbito de aplicación del reglamento. Por lo tanto, el reglamento cubre un espectro significativo de la industria pesada y actividades que tienen un impacto considerable en el medio ambiente debido a sus emisiones.

Contenido del Portal de Emisiones Industriales

Según este reglamento, las instalaciones industriales están obligadas a notificar una serie de datos medioambientales, que incluyen, pero no se limitan a:

  • Emisiones de contaminantes a la atmósfera, al agua y al suelo.
  • Gestión de residuos.
  • Uso de recursos naturales como el uso del agua, la energía y las materias primas pertinentes.
  • Información que permita contextualizar los datos como el volumen de facturación y las horas de funcionamiento.

El Portal se concebirá de tal modo que el acceso del público a los datos sea lo más fácil posible y que haga posible que, en condiciones normales de funcionamiento, se pueda acceder a los datos de manera directa y continuada a través de internet. El Portal incluirá todos los datos notificados correspondientes, como mínimo, a los diez años de referencia anteriores.

El Reglamento, que será aplicable a partir del 1 de enero de 2028, es un componente clave de la política medioambiental de la UE y refleja el compromiso continuo con la protección del medio ambiente y la promoción de prácticas sostenibles.